¿Qué pasa con las cuentas bancarias y propiedades cuando alguien fallece en Chile?

El fallecimiento de un ser querido trae consigo no solo dolor emocional, sino también la necesidad de enfrentar múltiples trámites legales y financieros. Una de las preguntas más frecuentes que se hacen las familias en Chile es: ¿qué pasa con las cuentas bancarias y propiedades cuando alguien fallece? En esta guía práctica te explicaremos, paso a paso, qué ocurre con las cuentas corrientes, ahorros, créditos, propiedades y herencias. Además, abordaremos cómo funciona la posesión efectiva, qué hacer si hay testamento, y cómo estos trámites impactan a la familia. En Funeraria Hermanos Carrasco, entendemos que la pérdida de un ser querido ya es lo suficientemente difícil, por lo que buscamos orientarte con información clara y sencilla.

1. ¿Qué ocurre con las cuentas bancarias al fallecer una persona en Chile?

a) Bloqueo inmediato

Cuando un banco recibe el certificado de defunción de una persona, todas sus cuentas quedan bloqueadas automáticamente. Esto aplica para cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo y tarjetas de crédito.

El objetivo del bloqueo es proteger el patrimonio del fallecido, evitando movimientos no autorizados mientras se resuelven los trámites de herencia.

b) Fondos en cuentas corrientes y de ahorro

  • Si la persona tenía cuentas individuales, los fondos pasan a formar parte de la masa hereditaria y solo podrán retirarse una vez realizada la posesión efectiva.
  • Si era una cuenta conjunta, depende del tipo de contrato: en algunas el cotitular puede seguir disponiendo del dinero; en otras, también se bloquea hasta que se resuelva legalmente.

c) Créditos y deudas

  • Si la persona fallecida tenía deudas vigentes (créditos de consumo, hipotecarios, tarjetas), el banco puede cobrarlas a la sucesión.
  • En algunos casos, las deudas están cubiertas por seguros de desgravamen. Si existe este seguro, la deuda queda extinguida y los herederos no deben asumirla.

2. ¿Qué pasa con las propiedades y bienes inmuebles?

Cuando una persona fallece, sus propiedades (casas, departamentos, terrenos, vehículos) no pasan de inmediato a los herederos.

a) Bienes con testamento

Si existe un testamento inscrito ante notario, se respeta la voluntad del fallecido, siempre que cumpla con las reglas de las legítimas heredables.

b) Bienes sin testamento (sucesión intestada)

Si no hay testamento, la ley determina quiénes son los herederos según el orden de sucesión:

  1. Hijos y cónyuge o conviviente civil.
  2. Padres del fallecido.
  3. Hermanos.
  4. Sobrinos.
  5. A falta de todos los anteriores, hereda el Fisco.

c) Vehículos y bienes muebles

También entran en la posesión efectiva y deben transferirse a nombre de los herederos inscritos.


3. La posesión efectiva: trámite clave

La posesión efectiva es el procedimiento legal mediante el cual se reconoce oficialmente a los herederos.

a) Dónde se realiza

  • En el Registro Civil, si no existe testamento.
  • En los tribunales, si hay testamento.

b) Documentos requeridos

  • Certificado de defunción.
  • Certificados de nacimiento de los herederos.
  • Certificado de matrimonio, si corresponde.
  • Formulario de solicitud de posesión efectiva.

c) Plazos y costos

  • El trámite en el Registro Civil puede tardar entre 1 y 3 meses.
  • Los costos dependen del valor de los bienes heredados (se paga un impuesto de herencia si el monto supera cierto umbral, según SII).

4. Herencias y testamentos en Chile

a) Testamento válido

Si la persona dejó un testamento, este debe estar inscrito y respetar las porciones obligatorias para herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres).

b) Sin testamento

La herencia se distribuye según la ley chilena, respetando el orden de sucesión mencionado anteriormente.

c) Renuncia a la herencia

Un heredero puede aceptar, repudiar o aceptar con beneficio de inventario. Esto último significa que responde por las deudas solo hasta el monto de lo heredado.


5. ¿Qué hacer si el fallecido tenía deudas?

  • Si hay seguro de desgravamen, las deudas se extinguen.
  • Si no existe seguro, las deudas forman parte de la masa hereditaria y se pagan antes de repartir los bienes.
  • Los herederos no responden con su patrimonio personal, salvo que acepten la herencia sin beneficio de inventario.

6. Casos especiales

a) Fondos previsionales (AFP)

El dinero acumulado en la AFP puede generar pensión de sobrevivencia para el cónyuge, hijos o padres, según corresponda.

b) Cuentas bancarias con herederos designados

En algunos productos financieros se pueden designar beneficiarios directos (ejemplo: seguros asociados a cuentas). En esos casos, no pasan por posesión efectiva.

c) Propiedades con hipoteca vigente

Si el crédito hipotecario tenía seguro de desgravamen, la deuda queda saldada y la propiedad pasa a los herederos libre de deuda.


7. Consejos prácticos para las familias

  • Reúne lo antes posible los certificados necesarios (defunción, nacimiento, matrimonio).
  • Informa al banco del fallecimiento para evitar movimientos indebidos.
  • Verifica si existen seguros de vida o desgravamen asociados a créditos.
  • Consulta si hay un testamento registrado en el Registro Nacional de Testamentos.
  • Acude a un abogado o notario si la herencia incluye propiedades de alto valor o conflictos familiares.

Conclusión

La partida de un ser querido no solo deja un vacío emocional, también implica resolver aspectos legales y financieros importantes. Las cuentas bancarias y propiedades no se heredan automáticamente, sino que requieren trámites como la posesión efectiva.

En Funeraria Hermanos Carrasco creemos que parte de nuestro rol es entregar claridad a las familias, acompañándolas no solo en el momento del funeral, sino también en los pasos posteriores que ayudan a dar tranquilidad y orden en un momento de dolor.


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